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Fallo del TCP sobre el aborto ya está vigente

El Tribunal Constitucional explicó ayer sobre los alcances de la sentencia 

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Por Yuvert Donoso
Sucre / febrero 18, 2014
en Sociedad

La eliminación del requisito de la autorización judicial para el aborto legal ya está vigente en el país desde el 13 de febrero, cuando se notificó la sentencia que ratificó la penalización de la práctica ilegal, informó ayer el presidente del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), Ruddy Flores.

“A partir de la notificación de la sentencia, aquellas disposiciones declaradas inconstitucionales han sido expulsadas del ordenamiento jurídico. La notificación  se ha hecho el 13 de febrero”, explicó el magistrado.

Según la Sentencia 0206/2014,   respecto al aborto impune (en caso de violación, estupro o incesto, y cuando esté en riesgo la salud de la mujer) ya no es exigible la presentación de querella ni la existencia de imputación o acusación formal y menos sentencia. “Será suficiente que la mujer que acuda a un centro público o privado de salud, a efecto de practicarse un aborto —por ser la gestación producto de la comisión de un delito—, comunique esa situación a la autoridad competente pública y de ese modo el médico profesional que realizará el aborto tendrá constancia expresa que justificará la realización del aborto”, establece el fallo.

De esa forma se evitará una eventual dilación en los procedimientos judiciales, que suponían las autorizaciones judiciales, según el documento. El TCP basó su fallo en el principio de respeto al ser humano desde la concepción, por lo que se mantiene su penalización como un delito contra la vida.

Asimismo, Flores afirmó que las denuncias “deben ser ciertas, porque existen otros tipos penales respecto a denuncias falsas”. El abuso de éstas puede generar responsabilidades por aseveraciones que no correspondan a la realidad, acotó.

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