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TCP rechaza el porcentaje para seguro de la prensa

Sentencia. El Estado deberá aportar para el fondo

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Por Yuvert Donoso
Sucre / abril 10, 2014
en Sociedad

El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) declaró ayer inconstitucional los porcentajes de aporte de las empresas de comunicación y trabajadores al fondo de financiamiento de la Ley 315, del seguro de vida para los trabajadores de la prensa.

El veredicto fue producto de una acción de inconstitucionalidad a al menos diez artículos de la Ley Hermanos Peñasco Layme (315), interpuesta hace más de un año por el diputado opositor Carlos Subirana, quien sostuvo que éstos contradecían la Carta Magna.

El contenido de la sentencia 0614/2014 fue hecha pública por la magistrada Soraida Chánez, quien explicó que “se declara inconstitucional el 1% de ingresos brutos mensuales de los medios de comunicación y el 0,25% del aporte de los trabajadores independientes”, con lo que se financiaba íntegramente el seguro.

Además, el TCP estableció que la Asamblea Legislativa, en un plazo de tres meses, debe incluir al Estado como uno de los aportantes para la sostenibilidad del Fondo de Financiamiento, creado por dicha norma, y fijar los porcentajes de aportes de acuerdo con los ingresos reales de todos los medios de comunicación.

La magistrada Ligia Velásquez explicó que a partir del fallo también se debe redefinir la composición del directorio que administrará los recursos del seguro, es decir, que éste debe guardar un equilibrio proporcional a los porcentajes de aporte.

Juan León, director ejecutivo de la Asociación Nacional de la Prensa (ANP), que agrupa a medios impresos, calificó de positiva la sentencia. “Eso prueba que las observaciones que hicieron los medios eran correctas; pero haremos un análisis del fallo”.

Sin embargo, para el dirigente de los trabajadores de la prensa de La Paz, Boris Quisbert, “existe una parcialización del TCP con los intereses de los empresarios”, sobre todo al “quitar la potestad al directorio sobre los ingresos reales del medio de comunicación”.

La sentencia fue calificada por Chánez como “sui géneris” porque explicó que hubo un amplio debate en el TCP debido a que periodistas dependientes de una empresa de comunicación ya gozan de un seguro social. Fruto de esos criterios, los magistrados Ruddy Flores, Neldy Andrade y Mirtha Camacho fueron de votos disidentes.

La Ley Hermanos Peñasco Layme fue promulgada por el presidente Evo Morales el 10 de diciembre de 2012, luego de la muerte violenta de los hermanos Víctor Hugo y Verónica Peñasco Layme.

en tendencia: porcentajeprensarechazaseguroTCP

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