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Gobierno pone en vigencia seguro de vida para trabajadores de la prensa

Cinco miembros conformarán el consejo directivo del Fondo de Financiamiento del Seguro Privado de Vida e Invalidez Permanente por Accidentes, Enfermedades en General u otras Causas

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Por Abi  
La Paz / enero 1, 2015
en Sociedad

El gabinete de ministros, reunido el miércoles, aprobó las modificaciones al Decreto Supremo 1557 (de 10 de abril de 2010) del Seguro Privado de Vida para Trabajadoras y Trabajadores de la Prensa de Bolivia «Hermanos Peñasco Layme», con lo que ese beneficio entra en vigencia a partir de la fecha, 1 de enero de 2015.

Según un boletín de prensa del Ministerio de Comunicación, son al menos once artículos del Decreto Supremo 1557 que fueron modificados de acuerdo con las observaciones que realizó el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP).

Entre esos cambios se encuentran, por ejemplo, que el monto del pago único indemnizatorio o capital asegurado a favor de los beneficiarios del seguro será definido por el Consejo Directivo del Fondo de Financiamiento, en función a la disponibilidad de los recursos con los que cuente.

En tal sentido, hasta el 25 de cada mes siguiente al que se generaron los «ingresos reales», los medios de comunicación deberán depositar los aportes a una cuenta destinada para la conformación del fondo que financiará la póliza del Seguro Privado de Vida e Invalidez Permanente. Será en la entidad financiera que el Consejo autorice.

De no realizar el aporte, o que el mismo sea mínimo, se aplicará una  multa por los días de retraso. Y en caso de que este incumplimiento se extienda hasta 45 días calendario se aplicarán sanciones administrativas, así el Consejo Directivo puede solicitar al nivel central del Estado la suspensión de publicidad a favor del medio de comunicación incumplido.

El Consejo directivo del Fondo de Financiamiento del Seguro Privado de Vida e Invalidez Permanente por Accidentes, Enfermedades en General u otras Causas estará conformado por cinco miembros: dos representantes de la Confederación  de Trabajadores de la Prensa de Bolivia, uno de los medios de comunicación públicos, uno  de los medios privados y un representante del Ministerio de Comunicación.

La asignación de los miembros se realizará en los próximos 15 días. El Consejo estará presidido por la Confederación de Trabajadores de la Prensa de Bolivia. Entre tanto, las organizaciones gremiales de trabajadores y trabajadoras de la prensa del país deberán actualizar los registros de sus miembros en un plazo de 30 días hábiles. 

Finalmente se establece que la Naturaleza jurídica del Fondo constituye un «patrimonio autónomo inembargable, independiente, distinto y diverso del patrimonio de la entidad que los administra».

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