El certificado de nacimiento y duplicados serán entregados de forma gratuita y está dispuesto un presupuesto de dos millones de bolivianos para el cumplimiento de la disposición, en tanto que en los diferentes establecimientos de salud será habilitada una “caseta registral” para el anotación de la partida de nacimiento, prevé el reglamento del Código Niña, Niño y Adolescente.
La norma reglamenta la ley del Código Niña, Niño y Adolescente que, en el parágrafo I del artículo 114, refiere la gratuidad de la entrega del primer certificado de nacimiento. El reglamento, vigente desde el 26 de mayo, amplía el beneficio y consigna la gratuita para duplicados como parte de los derechos de nacionalidad, identidad y filiación.
“Para la extensión del certificado de nacimiento gratuito y duplicados en el marco del Artículo 114 de la Ley N° 548, el Tribunal Supremo Electoral recibirá un presupuesto de Bs2’000,000.- (DOS MILLONES 00/100 BOLIVIANOS), financiados con recursos del TGN”, establece el parágrafo I del artículo 30 del Reglamento.
Paralelamente dispone la instalación en los diferentes establecimientos de salud de una caseta registral para el trabajo de funcionarios del Servicio de Registro Cívico (Sereci) a “efecto de promover el registro de la partida de nacimiento antes del egreso de la o el recién nacido del centro”. La información del certificado de “nacido vivo” será considerada como información básica en los certificados y partidas de nacimiento.
“Para la extensión del certificado de nacimiento gratuito y duplicado, el Tribunal Supremo Electoral no necesitará la autorización previa del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, debiendo reportar sin embargo, el número de certificados impresos”, consigna parte del Reglamento.






