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Fijan multas hasta de Bs 21.411 contra la publicidad engañosa

La iniciativa surgió ante una serie de denuncias y reclamos que hicieron usuarios relacionados por publicidad engañosa, entre ellas contra un denominado curaca por incumplir con la oferta del retorno del ser querido con un «amarre poderoso»

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Por Ángel Guarachi
La Paz / agosto 1, 2016
en Sociedad

Un autodenominado curaca ofrecía el retorno del ser amado con «un amarre poderoso», sin embargo no cumplió la oferta con uno de sus clientes que denunció el hecho. La figura es publicidad engañosa y el Viceministerio de Defensa del Consumidor estableció sanciones para quienes incurran en esa falta con multas que van de Bs 2.141 a Bs 21.411.

Desde el jueves entró en vigencia el Reglamento en Aplicación del Derecho a la Información y Prevención de Publicidad Engañosa o Abusiva de los Servicios y Productos Ofertados, que fue elaborado a partir de una serie de denuncias y reclamos por publicidad engañosa.

El viceministro de Defensa del Consumidor, Guillermo Mendoz, informó que uno de esos casos tiene que ver con la denuncia contra un denominado curaca, quien habría recibido Bs 17.000 para un «amarre poderoso» que no resultó.

Entre las faltas leves están el no dar información completa y adecuada sobre productos que se consuman o servicios. Para estos casos la multa es de 1.000 UFV (Bs 2.141). Las faltas graves como la reincidencia de la infracción leve, comercialización de productos prohibidos, incumplimiento injustificado a la reparación y cambio de producto o devolución total del costo, son sancionadas con 3.000 UFV (Bs 6.423).

Con UFV 10.000 (Bs 21.411) serán multadas las faltas graves como la reincidencia en la falta grave o se incumple la Ley General de los Derechos de las Usuarias y los Usuarios y de las Consumidoras y los Consumidores.

“El presente reglamento tiene por objetivo reglamentar el proceso de verificación y restauración en protección a los derechos a la información y a la libre elección, previniendo el incumplimiento del servicio ofertado y la utilización de publicidad engañosa o abusiva de productos y servicios”, explicó Mendoza.

Para el cumplimiento del reglamento se procederá a la verificación y/o control de todos los establecimientos en los que se desarrollen servicios dirigidos al usuario, así como los medios utilizados para la difusión de la publicidad de los productos y/o servicios ofertados.

en tendencia: multapublicidadreglamento

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