Al menos 15 instituciones públicas deben adecuar sus reglamentos internos a la ley de Identidad de Género para atender los requerimientos de cambio de datos de identidad de las personas transexuales y transgénero. El defensor del Pueblo, David Tezanos Pinto, informó que solo dos instituciones generaron, modificaron e implementaron acciones en cumplimiento de la ley.
Ley 807 de Identidad de Género otorgó un plazo de 90 días a las entidades públicas y privadas para que consignen datos de identidad para adecuar sus normas y procedimientos internos. El plazo fenece el próximo 21 de agosto, por lo que la Defensoría desarrolló el martes un taller de capacitación a funcionarios de diferentes instituciones.
Las vinculadas con la temática y que deben adecuar sus reglamentos internos son: El Servicio de Identificación Personal (SEGIP), la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI), la Dirección General de Migración (DIGEMIG), el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), Derechos Reales, el Registro Judicial de Antecedentes Penales (REJAP) y el Sistema Nacional de Registro de Antecedentes Policiales (SINARAP)
Además de la Policía Boliviana (FELCC, FELCN y FELCV), la Dirección General de Régimen Penitenciario; la Contraloría General de Estado (CGE), los ministerios de Educación y de Defensa, las cajas de Salud Pública, el Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR), la Autoridad de Pensiones, Valores y Seguros (APS), además de otras que el SERECI o la o el solicitante considere necesarias.
Al menos 400 personas transgénero y transexuales expresaron inicialmente interés en tramitar el cambio de nombre, dato de sexo e imagen en los documentos de identidad en el marco de la Ley de Identidad de Género.
La ley de Identidad de Género está vigente desde mayo y la Defensoría del Pueblo llevó adelante un trabajo de capacitación y sensibilización con miembros de las entidades encargadas de efectuar de oficio el cambio de nombre propio y dato de sexo, en cumplimiento de la Resolución Administrativa emitida por el Servicio de Registro Cívico (SERECÍ), establece un boletín institucional.
El SERECÍ, es el órgano encargado de emitir la Resolución Administrativa que autoriza el cambio en la identidad de género de la población transexual y transgénero, el dato de sexo en la partida de nacimiento y la extensión de un nuevo certificado de nacimiento.
Los interesados deben cumplir ocho requisitos: carta de solicitud; examen técnico psicológico; certificado de nacimiento original; certificado de datos de personas emitido por el Servicio General de Identificación Personal (Segip) sin observación; certificado de libertad de estado civil expedido por el Sereci; certificado de descendencia expedido por el Sereci; certificado de registro judicial de antecedentes penales (Rejap); y una fotografía actualizada.






