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Legislativo aprueba ley para revertir viviendas sociales y reprogramar deudas

El Senado sancionó el proyecto de Ley 087 que establece la reversión de viviendas sociales que no cumplan la función social

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Por Ángel Guarachi
La Paz / octubre 28, 2016
en Sociedad

El Estado revertirá y reasignará las viviendas sociales que incumplan la función social y reprogramará las deudas de los beneficiarios en mora, según un proyecto de ley sancionado por la Cámara de Senadores.

El objeto de la Ley 087, sancionada el jueves, es precautelar el cumplimiento de la función social del beneficio otorgado por el Programa de Vivienda Social y Solidaria (PVS), además de establecer el procedimiento para la recuperación de viviendas como efecto de la resolución contractual por incumplimiento de obligaciones contraídas.

La administración del presidente Evo Morales reveló en varias oportunidades que tenía información de que algunos beneficiarios alquilaban o daban en anticrético las viviendas sociales.

Aquellas unidades habitacionales que no cumplan la función social serán revertidas al Estado. La norma establece que la vivienda será reasignada «previa calificación conforme a reglamento, quedando facultada para realizar la transferencia del bien inmueble del Régimen de Vivienda Social”, señala el artículo 5 de la ley.

También se abre la posibilidad de reprogramación de deudas.

“Excepcionalmente y por única vez, antes del inicio del procedimiento de resolución de contrato, los beneficiarios en mora que demuestren el cumplimiento de la función social, podrán solicitar la reprogramación de la deuda durante los siguientes ciento veinte (120) días calendario posteriores a la emisión del Reglamento de la presente Ley”, indica el artículo 6 sobre la reprogramación de la deuda en caso de mora.

La Agencia Estatal de Vivienda (Aevivienda) será la encargada de realizar los relevamientos e informes técnico-social, financiero y legal sobre el cumplimiento de las obligaciones contractuales por parte del beneficiario.

Si se encontrara incumplimiento de las obligaciones, el Fondo de Desarrollo del Sistema Financiero y Apoyo al Sector Productivo (Fondesif) analizará el caso y otorgará al beneficiario un plazo de quince 15 días hábiles para que presente sus descargos y proceda a su inscripción en el Registro de Derechos Reales para inscribir su titularidad. (28/10/2016)

en tendencia: destinadoLegislativoreasignacionreprogramaciónviviendas

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