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Fejuve La Paz: Reglamento aclarará que Ley de Fiscalización no es retroactiva

Dirigentes de la Fejuve La Paz, asociaciones comunitarias y del Organismo de Participaón y Control Social llegaron a un acuerdo con el alcalde Luis Revilla.

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Por Daymira Barriga
La Paz / mayo 24, 2017
en Sociedad

El alcalde de La Paz, Luis Revilla, y organizaciones vecinales y territoriales, acordaron incorporar una disposición que aclare que la Ley Fiscalización Técnica Territorial (Ley Municipal Nº 233) no es retroactiva, en el reglamento de esa norma, informó el gobierno local.

“Vamos a poner un párrafo aclaratorio. Lo que pasa es que la gente se está confundiendo porque la Constitución Política del Estado indica que ninguna ley es retroactiva y, como hay algunas personas que está tratando de confundir a la población, es necesario hacer esa aclaración”, dijo Edith Montenegro, presidenta de la Federación de Juntas vecinales (Fejuve), afín a Soberanía y Libertad (Sol.bo).

El acuerdo –según un boletín de prensa municipal  que recoge declaraciones de la dirigente – fue alcanzado el martes, en un encuentro entre Revilla con dirigentes vecinales, representantes de las 23 asociaciones comunitarias y el Organismo de Participación y  Control Social.  

Sin embargo, esta precisión no alcanzará a loteadores y avasalladores de la propiedad municipal, dice la nota de prensa.

La Ley Nº 233 ocasionó hasta la fecha al menos dos manifestaciones de protesta de la Fejuve afín al Movimiento al Socialismo, que alegan que dispone la confiscación de viviendas, su demolición y la  emisión de multas.

La norma, sancionada el 29 de marzo por el Concejo Municipal, abre la posibilidad de convertir la sanción de demolición en multa; da a los infractores la opción de someterse a procesos abreviados; tipifica las infracciones, incrementa las multas por día de retraso; y permite imponer sanciones pecuniarias por incumplimiento de demolición.

Establece también la inclusión de los procesos de fiscalización en curso en las proformas de pago de impuestos y certificados catastrales y la no emisión de licencias de funcionamiento a actividades económicas que quieran ser abiertas en inmuebles con sumarios abiertos. 

Además, permite  la imposición de multas a los profesionales y constructoras que edifiquen  inmuebles fuera de norma, la remisión al  sistema financiero de  reportes periódicos de los propietarios con procesos administrativos por esa causa para evitar que les sigan otorgando créditos  que las empresas de servicios no instalen agua potable, alcantarillado, ni energía eléctrica en inmuebles que estén fuera de norma y agiliza los procesos técnico administrativos, entre otros.

 

 

en tendencia: BolivialapazLeyreglamentorevilla

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