Debido a las restricciones que ha tomado el Estado por la emergencia sanitaria a causa del COVID-19, algunas personas que viven con VIH o sida no tienen acceso a los medicamento antiretrovirales. Por ello, la Defensoría del Pueblo, según informó en un comunicado, remitió una nota al Ministerio de Salud para pedir que se efectúen las acciones necesarias para garantizar el suministro de fármacos.
“La Defensoría del Pueblo ha verificado que ante la emergencia de la pandemia del COVID 19 y debido a las restricciones de movilización en el marco de la cuarentena, se dificulta que algunas personas que viven con VIH o sida (PVVs) se apersonen a los CDVIR, CRVIR o establecimientos de salud desconcentrados, a recoger los medicamentos antirretrovirales (ARV) y continuar con el tratamiento ya que viven en lugares alejados y otros en el área rural”, señaló la Defensora del Pueblo, Nadia Cruz, en una nota formal remitida al ministro del área, Marcelo Navajas.
Cruz solicitó que se realizaran las acciones dispuestas en el Instructivo 004/2020, de 22 de marzo de 2020, emitido por el Responsable Nacional del Programa ITS/VIH/Sida – Hepatitis Virales, “a fin de asegurar el acceso al tratamiento y el suministro de antiretrovirales, ya que su retraso o demora tiene grandes consecuencias en la salud de los pacientes con VIH, dando lugar a un tratamiento interrumpido, sustitución o cambio de tratamiento y riesgos en el incremento de la infección”.
La Ley 3729, en el artículo 32, y el Decreto Supremo 0451, en los artículos 13 y 38, establecen que el suministro de medicamentos ARV serán entregados de manera gratuita a las personas que viven con Vih o sida de forma ininterrumpida y continua de por vida.
Por ello La defensora pidió que se promueva a nivel departamental el suministro de los medicamentos a través unidades móviles o puntos de atención en lugares alejados, acción que debe ser coordinada con las personas que viven con VIH y organizaciones representativas de esta población.
Las directrices internacionales sobre el VIH/sida y los derechos humanos de 2016 señalan que los Estados deben tomar las medidas para asegurar el suministro y la accesibilidad a servicios e información para la prevención, tratamiento, atención y apoyo del VIH/SIDA, incluidos la terapia antirretrovírica y otros medicamentos, pruebas diagnósticas y tecnologías para la atención preventiva, curativa y paliativa del VIH, de las infecciones oportunistas y de las enfermedades conexas.






