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El Gobierno y el MAS en la Asamblea se lanzan dardos con la aprobación de normas

Áñez decretó los ascensos en las Fuerzas Armadas pese a que la Constitución ordena un aval previo del Senado. La Asamblea allana el camino de normas sobre créditos bancarios y el uso del dióxido de cloro, que son objetadas por el Ejecutivo.

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Por Miguel Gómez
La Paz / julio 16, 2020
en Sociedad

Las pulsetas entre el Gobierno y la Asamblea Legislativa, controlada por la mayoría del Movimiento Al Socialismo (MAS), no tienen respiro desde el cambio de gobierno de noviembre del año pasado. Esta semana se abrió un nuevo episodio con la aprobación de normas que conllevan el lanzamiento de dardos entre ambos bandos.

El gobierno transitorio de Jeanine Áñez pateó el tablero el miércoles con la promulgación de un decreto que empujó los ascensos a generales y almirantes en las Fuerzas Armadas (FFAA), saltando así la aprobación previa del Senado, bajo el alegato de que ello garantiza “la seguridad nacional y la institucionalidad, el derecho a la carrera militar”, dijo el ministro de Defensa, Luis Fernando López, quien precisamente proviene de las filas castrenses.

Ello derivó en críticas. Los senadores Ciro Zabala (MAS) y Edwin Rodríguez (disidente de la oficialista Unidad Demócrata) catalogaron la decisión como inconstitucional. Es más, Zabala dijo que ya se activó el trabajo de un equipo jurídico para analizar los caminos legales a tomar ante la decisión gubernamental.

No faltó la repercusión internacional, que vino de parte del director de la División de las Américas de Human Rights Watch (HRW), José Miguel Vivanco, quien criticó a Áñez por la determinación asumida, ratificó que estos ascensos son potestad de la Cámara Alta, tal como lo dicta la Carta Magna, y reivindicó el respeto a la separación de poderes.

Desde el otro bando, el Senado dio el visto bueno el martes a un proyecto de ley que determina que los ministros censurados por el Legislativo, tras ser interpelados, no podrán volver a ocupar cargos en el aparato estatal durante los tres años posteriores a la determinación.

El artículo 3 de la propuesta normativa señala que el Presidente dispondrá de un plazo máximo de 24 horas para destituir a la autoridad censurada, que no podrá ocupar cargos de cualquier índole en el gabinete o en otras instituciones o empresas públicas por tres años.

El artículo 158 de la Constitución, referido a las atribuciones del Órgano Legislativo, señala que una es “interpelar a iniciativa de cualquier asambleísta a las ministras o los ministros de Estado, individual o colectivamente, y acordar la censura por dos tercios de los miembros de la Asamblea. La interpelación podrá ser promovida por cualquiera de las cámaras. La censura implicará la destitución de la ministra o el ministro”.

En aplicación de ese precepto, la presidenta transitoria Jeanine Áñez destituyó precisamente a López de su cargo, al no responder satisfactoriamente —en opinión de los dos tercios de senadores y diputados— el cuestionario que se le planteó por la represión ejecutada por efectivos militares y policiales en Sacaba (Cochabamba) y Senkata (El Alto), donde hubo movilizaciones y fallecidos.

Sin embargo, horas después de ser removido de su cargo, López volvió a ser posesionado como titular de Defensa, pues la Carta Magna presenta un vacío legal al no prohibir expresamente la posterior designación en esa misma u otra función pública de la autoridad reprobada por los legisladores.

Eso no es todo. El Senado aprobó también el martes la postergación plena del pago de capital, intereses y otros gravámenes financieros por créditos bancarios hasta el 31 de diciembre de este año, por lo que las amortizaciones deben reanudarse desde 2021.

“Para que no haya maliciosas interpretaciones, como ocurre con el Decreto Supremo 4206, hemos explicado claramente que este diferimiento es hasta el 31 de diciembre de 2020”, explicó la diputada Otilia Choque, presidenta de la Comisión de Planificación de Diputados, que aprobó el el proyecto de ley que modifica la Ley 1294.

La protesta vino de parte del Ministerio de Economía. “Ante la irresponsable aprobación del proyecto de ley que amplía el diferimiento de pago de créditos hasta fin de año por parte de la comisión de Planificación, Política Económica y Finanzas de la Cámara de Diputados, el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas advierte que esta acción imprudente afecta al desempeño del sistema financiero”, pues la propuesta “es demagógica”.

“Esta cartera de Estado considera que la aprobación de este proyecto de ley perjudicaría a una banca solvente y con capacidad efectiva de canalizar recursos para la reactivación económica y el empleo”, complementó.

Otro de los proyectos de ley que va en contra de la posición del Ejecutivo es el que autoriza de forma excepcional la elaboración, comercialización, suministro y uso de la solución de dióxido de cloro para la prevención y tratamiento del coronavirus.

La norma rige mientras dure el riesgo de contagio del COVID-19. Además, determina que la producción de la solución estará bajo la responsabilidad de laboratorios públicos y privados autorizados por el órgano rector competente, debiendo cumplir las medidas de calidad e incluir al final del producto información que acredite la composición, dosificación, precaución y cuidados de consumo.

“Los laboratorios o universidades podrán comercializar directamente al Gobierno central, gobernaciones y municipios y/o farmacias legalmente constituidas, éstas últimas también podrán vender sin necesidad de receta médica. Asimismo, los gobiernos departamentales y/o municipales deberán garantizar el suministro de la solución de dióxido de cloro en el sistema de salud público”, indica la normativa.

El Ministerio de Salud y Servicios Departamentales de Salud (Sedes) advirtieron de riesgos sobre el uso del dióxido de cloro, al igual que entidades internacionales como la Organización Mundial de la Salud (OMS), sin embargo, en el país hay presión por el reconocimiento de esta sustancia, entre médicos y la población.

(16/07/2020)

en tendencia: Coronavirus Bolivia

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