La Defensora del Pueblo interina, Nadia Cruz, reconoció este martes en el programa Piedra, Papel y Tinta, que sancionar el acoso laboral es una “deuda pendiente” en Bolivia. Además, que en el país no existe pericias y experiencia para comprobar ese tipo de actos que se pueden presentar en instituciones públicas y privadas.
Qué es el acoso laboral, qué normas sancionan este acto en el país, qué sectores laborales son los más desprotegidos y qué tipos de casos son los más denunciados a nivel nacional, son algunas interrogantes que fueron tratadas en este programa streaming que se transmite por las plataformas digitales de La Razón.
“Se tiene una deuda pendiente, la Constitución Política del Estado (2019), había señalado que este tipo de acciones como es el acoso laboral debían ser reguladas a través de una ley en cuanto a las sanciones. Lastimosamente, Bolivia todavía no cuenta con una norma de ese tipo”, dijo Cruz.
Pese a que el Ministerio de Trabajo, el año pasado, emitió la Resolución 196 para sancionar el acoso laboral con la renuncia forzosa o el abandono del cargo del acosador, esta norma es “limitativa” y no tiene un “alcance técnicamente correcto”, porque no tiene rango legal y no se enmarca en la Constitución, argumentó.
En ese contexto, también reconoció que es muy difícil comprobar o descartar un acto de acoso laboral debido a que “no existe pericia ni experiencia para investigar actos de acoso” en el país.
Frente a ello la Defensoría del Pueblo, hace más de 14 años, lleva adelante líneas de acción o intervención para verificar si existe o no acoso, sostuvo.
“En la Defensoría tomamos acciones como la toma de testimonios, la revisión documental, las llamadas de atención, memorándums injustificados, se generan vistas sorpresa en los lugares de trabajo para colectar información”, detalló Cruz.
Asimismo, la Defensora del Pueblo para explicar la complejidad del tema citó datos del Ministerio de Trabajo, que reportan que entre marzo de 2021 y febrero de 2022, se registraron 287 casos de acoso laboral a mujeres. “De estas denuncias, solamente pudieron confirmar 127 con Resolución Conminatoria y 160 fueron rechazadas”, dijo y que en éstas últimas la Defensoría intervino en varios casos logrando comprobar las denuncias.
Un dato preocupante es que el 69% de los casos de denuncias de acoso laboral son presentados por mujeres, destacó la funcionaria.
Además, dijo no conocer un caso de acoso sexual con sentencia en el país, y que por tanto hay debilidades normativas que deben ser afrontadas.
En Bolivia, la Constitución Política del Estado prohíbe el acoso laboral, sin embargo, se encuentra pendiente la promulgación de una Ley específica que establezca las vías de denuncia y el proceso sancionatorio. A la fecha, sólo se crearon normas para sancionar el acoso sexual y el acoso político.
Según la Defensoría el acoso laboral “es cualquier acto individual o colectivo, persistente y demostrable ejercida sobre una servidora o servidor público por parte del inmediato superior o superior jerárquico, un compañero de trabajo o un subalterno, encaminada a afectar física, emotiva y/o psicológicamente, infundiendo miedo, intimidación, terror y angustia, causando daño a la dignidad de la persona, perjuicio laboral, generando la desmotivación y la renuncia o retiro de su puesto de trabajo”.







