De acuerdo connuestra Constitución Política, las áreas protegidas “constituyen un bien comúny forman parte del patrimonio natural y cultural del país; cumplen funcionesambientales, culturales, sociales y económicas para el desarrollo sustentable”.Existe un dilema fundamental sobre el hecho de identificar a las áreasprotegidas como un bien común, el escenario es simple, hay un recurso –lasáreas protegidas- al que un gran número de personas tienen acceso y reclamanderechos. El uso excesivo de este recurso crea problemas, a menudo destruyendosu sostenibilidad, limitando por tanto esas funciones ambientales, culturales,sociales y económicas.
Cada usuario, losdirectos e indirectos pues es un “bien común”, se enfrenta a una decisiónacerca de cómo el recurso se utilizará, si todos los usuarios se ponen deacuerdo de forma apropiada, el recurso podría ser aprovechado de manerasostenida. Pero, he aquí el dilema, si los vecinos no actúan como está acordado,entonces el recurso todavía podría colapsar y se han perdido los beneficios acorto plazo para todos los usuarios. Este dilema parece inexorable. Sinembargo, su lógica depende de un conjunto de supuestos sobre la motivaciónhumana, acerca de las reglas que rigen el uso de los bienes comunes y sobre elcarácter de los recursos comunes.
Las áreas protegidascomo un bien común sólo podrían existir si, como sociedad, los bolivianos nospusiéramos de acuerdo sobre sus funciones, sobre su valor y sobre su forma deuso. Lamentablemente esto aún no es así. Nuestra gran diversidad se reflejatambién en la diversidad de opiniones sobre qué son y para qué sirven las áreasprotegidas.