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Presunción de inocencia

‘No entiendo cómo puede infringirse una pena sin una sentencia previa’. (Thomas Hobbes).

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Por Farit Rojas Tudela
/ octubre 29, 2012
en Voces

La presunción de inocencia es una función lógica de todo procedimiento judicial. Todo ser humano es inocente hasta que no se demuestre lo contrario. En este sentido, la culpabilidad es la que debe demostrarse y no así la inocencia; pues de no existir este principio lógico, todos serían culpables hasta que no demuestren lo contrario. Lo cual sería una vulneración a la dignidad y seguridad de cada ser humano.

Asimismo, la presunción de inocencia es una regla lógica, pues un ser humano no puede ser inocente y culpable a la vez. O es inocente o es culpable. Si bien este principio se remonta al Derecho Romano (relacionado con la regla in dubio pro reo), fue invertido para las prácticas inquisitivas desarrolladas en la baja Edad Media.

Uno de los primeros en recordar que un delincuente lo es sólo si el mismo ha sido declarado como tal por una autoridad competente fue Thomas Hobbes, quien en su Diálogo entre un filósofo y un jurista, señala: “(p)ero no entiendo cómo puede haber un delito para el que no hay sentencia, ni cómo puede infringirse una pena sin una sentencia previa, ni sobre qué base un sheriff puede incautarse los bienes de alguien mientras no se sentencie que ande serle confiscados”. Aunque es claro que Hobbes estaba preocupado por el principio de autoridad en busca de habilitar un razonamiento propio del monismo jurídico, su preocupación sobre la necesidad de una certeza, de una sentencia de autoridad, permite visibilizar la necesidad uno de los componentes del Debido Proceso.

Años más tarde, Montesquieu, en El Espíritu de las Leyes (1735), precisaría que “la libertad política consiste en la seguridad… Dicha seguridad no se ve nunca tan atacada como en las acusaciones públicas o privadas. Así pues, la libertad del ciudadano depende de que las leyes criminales sean buenas (…) Cuando la inocencia de los ciudadanos no está asegurada, tampoco lo está su libertad”. Así, Montesquieu relaciona el ejercicio de la libertad a la presunción de inocencia.

El contenido de estos textos influenció a la redacción de la Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789, que en su artículo 9 señala: “Puesto que todo hombre se presume inocente mientras que no sea declarado culpable, si se juzga indispensable detenerlo, todo rigor que no sea necesario para apoderarse de su persona debe ser severamente reprimido por la ley”. En consecuencia, la presunción de inocencia es una garantía del derecho moderno y del constitucionalismo liberal, plasmado en la Declaración Universal de Derechos Humanos, en el numeral 1 del artículo 11 y en el artículo 116 de la Constitución Política del Estado vigente.

en tendencia: inocenciaPresuncion

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