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Norma jurídica

Toda norma debe regir a partir de su vigencia, que se mantiene hasta que la norma sea derogada.

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Por Farit Rojas Tudela
/ mayo 27, 2013
en Voces

La aplicación de la norma jurídica en el tiempo se refiere no sólo a la ley, sino a toda norma jurídica (desde un mandato constitucional, hasta un decreto), inclusive puede tratarse de normas que provengan de precedentes jurisprudenciales, como lo establece el Artículo 203 de la Constitución Política del Estado.

La vigencia de una norma jurídica se inicia en un momento determinado y cierto; y concluye en otro momento, también determinado y cierto. Se pueden establecer dos premisas básicas. La primera señala que toda norma debe regir a partir de su vigencia; y la segunda, que dicha vigencia se mantiene hasta que la norma sea derogada o modificada; en consecuencia, la vigencia retroactiva o ultra activa son excepcionales. Por lo señalado, se puede distinguir tres variaciones respecto a la aplicación de la norma jurídica en el tiempo: aplicación inmediata, aplicación ultra activa y aplicación retroactiva.

a) La aplicación inmediata se refiere a la eficacia de la norma que se desarrolla desde su entrada en vigencia. La norma puede establecer un plazo para su ingreso en vigencia, pero generalmente son vigentes a partir de su publicación.

b) La aplicación ultra activa se refiere a la aplicación de la norma después de la vigencia de la misma. Generalmente una norma posee efecto ultra activo hasta que efectivamente se haya reemplazado a la misma. Esta condición de ultra actividad de la norma puede ser: i) Tácita, por no existir la norma o la institución que reemplace a la anterior o garantice y tutele derechos que de otra manera estarían en riesgo. ii) Expresa, establecida por una norma jurídica que proponga la aplicación ultra activa de una norma por un determinado tiempo y por un objeto determinado. iii) Establecida por el Tribunal Constitucional Plurinacional si de esta manera se garantiza el ejercicio y tutela de derechos.

c) La aplicación retroactiva es aquella que se hace para regir hechos, situaciones o relaciones que tuvieron lugar antes del momento en que ésta entra en vigencia; es decir, antes de su aplicación inmediata. Es decir es la posibilidad de que una norma publicada en el presente tenga efectos para hechos sucedidos en el pasado.

Las normas establecen en sí una determinada temporalidad: el tiempo del Derecho. La temporalidad en materia jurídica se relaciona directamente con el principio de seguridad jurídica, pues las personas tienen el derecho a que sus actos sean jurídicamente permitidos o jurídicamente prohibidos. Es decir que el Derecho cause estado, esté vigente y sea efectivo. Finalmente debe recordarse que la retroactividad de la norma está prohibida, salvo en materia penal si beneficia al reo o al procesado; y en materia laboral, si beneficia al trabajador.

en tendencia: juridicaNorma

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