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Máxima publicidad

No puede haber información pública secreta. La palabra ‘secreto’ está vinculada a la corrupción

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Por Jorge Komadina Rimassa
/ agosto 1, 2013
en Voces

El principio de “máxima publicidad” es el espíritu de las leyes de acceso a la información pública, pero además es la herramienta conceptual más importante para interpretarlas. La noción de máxima publicidad está justificada porque la información generada y controlada por el Estado (a través de sus múltiples instituciones) no es de propiedad e interés privado, sus contenidos y usos potenciales conciernen a la colectividad, es pública por definición, además ha sido generada y conservada con recursos públicos.

Este principio se ha traducido en algunas legislaciones por medio de restricciones mínimas y temporales a la divulgación de información que eventualmente podría causar daño al Estado. Es decir, no puede haber información pública-secreta, sería un gigantesco contrasentido, una contradicción entre los términos. La palabra “secreto” está vinculada a la corrupción y el autoritarismo. En el peor de los casos podría hablarse de información reservada temporalmente, pues al cabo de cierto tiempo se prevé su publicación. Éste podría ser el caso por ejemplo de información militar durante una conflagración bélica. Pero incluso en estos casos la delimitación de la reserva no puede ser realizada por la institución concernida, ya que le corresponde al Parlamento establecer en qué consiste el interés público.

Un régimen democrático no puede funcionar de manera secreta. La fórmula “gobierno del poder público en público”, que se utiliza para definir a la democracia, supone que los actos de los gobernantes son legítimos y justificables sólo en la medida en que son de conocimiento de la comunidad de ciudadanos. Más aún, en el marco de la nueva Constitución se establece un régimen democrático que combina las formas representativas con la llamada democracia participativa, es decir con acciones e iniciativas (propositivas o de control) de ciudadanos y organizaciones civiles. El flujo permanente de información relevante, oportuna y fidedigna desde el Estado hacia la sociedad es, pues, una de las condiciones para propiciar la participación seria, objetiva y cualificada de los ciudadanos en los asuntos públicos.

Ciertamente la información es poder, y permitir su acceso irrestricto a los ciudadanos implica en cierto modo distribuir o democratizar ese poder. Esa fue una de las promesas del “proceso de cambio”: deconstruir una visión oligárquica del poder (el gobierno de los pocos) que consagra la cultura del secreto, para construir el gobierno de todos, basado justamente en el derecho de todos a la participación política; es decir, en el derecho de los ciudadanos a pronunciarse públicamente para sancionar (negativa o positivamente) la calidad de la gestión pública. La información está en la base de esa dinámica. Ese debería ser el sentido radicalmente democrático de la ley de acceso a la información que actualmente se discute en la Asamblea Legislativa.

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