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Artículo 151

Esta es la oportunidad de purificar un sector que ha  sido privilegiado

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La Paz / abril 12, 2014
en Voces

La violenta protesta de los mineros cooperativizados producto de la modificación en la Asamblea Legislativa del proyecto de Ley de Minería en su artículo 151, referido a la suscripción de contratos de explotación de concesiones mineras entre cooperativas y empresas privadas, ha significado llevar a la mesa de concertación al Ejecutivo y dirigentes de este sector.

El resultado del primer encuentro propiciado por el Presidente del Estado ha establecido las bases para la elaboración de una propuesta alternativa que no vulnere los preceptos constitucionales respecto a la explotación de los recursos naturales, empero, aún quedan pendientes temas relativos a la verdadera naturaleza jurídica y económica de esta forma de organización económica.

Si bien la economía cooperativa es reconocida en la misma Constitución Política del Estado, que se pretende vulnerar con el artículo 151, como una forma de organización para la producción de la economía plural, no es del todo clara su naturaleza económica en cuanto a la forma de distribución de los excedentes que genera y el aporte que realiza al Estado por la explotación de los recursos que realiza.

Para lograr una apreciación más precisa de una organización cooperativa y la actual realidad de este sector es necesaria una evaluación preliminar a la luz de los principios cooperativos que reflejan los elementos fundamentales de la práctica de sus valores. Los relevantes son: libre adhesión, control democrático de los socios, participación económica equitativa, autonomía e independencia, educación e información, compromiso con la comunidad y cooperación cooperativa. 

En este marco queda la interrogante respecto al grado de cumplimiento de estos principios universales por parte de las cooperativas mineras. Queda con beneficio de inventario conocer si los socios cooperativistas tienen los mismos derechos, obligaciones y, fundamentalmente, poder de decisión; si la participación en los excedentes es equitativa, si cumplen con su rol de ayuda mutua, si reciben capacitación de forma que contribuyan al progreso de la organización y si son respetuosos con el hábitat en el que desarrollan sus actividades.

Las mesas de trabajo constituidas entre el Gobierno y los cooperativistas también debieran considerar estos aspectos antes de llegar a un acuerdo final, porque en la medida que la Caja de Pandora cooperativista se abra, seguro que muchas sorpresas (desagradables) se encontrarán, y la naturaleza jurídica y económica de muchas de estas organizaciones perderán su legitimidad, revelando su verdadera condición de empresas privadas camufladas en un régimen que vulnera la legalidad y formalidad.

Ésta es la oportunidad de purificar y cristalizar un sector que ha sido sujeto de privilegios.  

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