Ante la presión y las denuncias de no pocos contribuyentes que han tenido que pagar elevadas multas al Servicio Nacional de Impuestos (SIN) por faltas u omisiones en sus declaraciones, cuya existencia en la mayoría de los casos se enteraron solamente después de que las sanciones alcanzaran cifras astronómicas por los intereses y otros gravámenes que se van sumando progresivamente, la institución decidió reducir las multas en un 50% en casi todos los Incumplimientos de los Deberes Formales (IDF). Se trata sin duda de una necesaria medida, pero insuficiente, pues aún prevalecen las deficiencias en el actual Código Tributario que por ejemplo le permiten al SIN aplicar multas contra los contribuyentes desde el mismo día en el que son detectadas las supuestas irregularidades. Hecho que vulnera la presunción de inocencia y el derecho al debido proceso de los “infractores”. Además, convenientemente los funcionarios del SIN no les advierten sobre las multas y demás intereses que deben pagar y que cada día se incrementan geométricamente. Lo lógico sería que si una persona ha cometido alguna vulneración a la norma, por ejemplo en el llenado de algún formulario, se le advierta oficialmente de esta irregularidad y se le permita presentar sus descargos y/o se le dé un tiempo prudente para corregir los errores antes de aplicar las sanciones.
La Razón, medio de comunicación digital líder en noticias de Bolivia y el mundo, conecta a su audiencia a través de todas las plataformas digitales. Con una sólida presencia en redes sociales, programas de streaming innovadores, y el revolucionario e-paper, nuestro periódico digital inteligente, ofrecemos información confiable, ágil y al alcance de todos.






