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Magistrados ilegítimos

En el futuro podría concebirse que la votación final de las autoridades judiciales sea por ‘mayoría calificada’.

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Por Franz Rafael Barrios González
/ septiembre 28, 2017
en Voces

El oficialismo concluyó el proceso de preselección judicial afirmando que “se priorizaron los puntajes más altos”. Sin embargo, por mencionar tan solo un detalle, en la papeleta no figuraba una casilla (a lado de cada candidato) con la puntuación final que obtuvieron en instancias previas, para priorizar su elección como las “planchas” que circularon en WhatsApp.

Ahora, de cara al proceso electoral de diciembre, los quijotes masistas del proceso de preselección afirman que “la campaña por el voto nulo no tendrá efecto legal”. El debate hasta el #3D (diciembre) se centrará en los efectos que vaya (o no) a tener el anunciado voto nulo promovido por la población; y, por parte, la conminatoria al “voto orgánico” de las “planchas” que fueron remitidas al Tribunal Supremo Electoral.

Al respecto no está de más recordar que en diciembre serán elegidos los candidatos judiciales que obtengan “mayoría simple” de votos. Es decir, el resultado de la suma de votos efectivos (a favor), en una cantidad superior respecto a otros candidatos. Una fórmula que facilita la inducción oficialista al voto orgánico (por “plancha”) al que están malacostumbrados, sin importar “el mérito” (o el puntaje que paradójicamente no resultó siendo un criterio en la papeleta). En todo caso, en el futuro podría concebirse que la votación final sea por “mayoría calificada”.

De la forma que fuere, si al desencanto social sufragado en 2011 se suman las constantes irregularidades denunciadas del proceso de preselección  como los criterios de paridad y de autoidentificación indígena forzados, la repostulación de magistrados que confesaron su “fanatismo” por Evo Morales y la tentación oficialista por hacer “interpretar” la norma a los magistrados que vayan a resultar electos para el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) en —ilícito— favor de una nueva repostulación del binomio Morales-García. Podríamos vaticinar que en diciembre incluso se supere el 60% del desencanto social de 2011. Y eso sin descartar que el denominado “Estado mayor del pueblo”, hoy en rearticulación en contra del Gobierno, siga en movilizaciones para entonces.

Dicho lo cual, podemos llegar a colegir que la repercusión social del voto nulo del 3D será semejante a la del No del 21F. Y en cierto punto están vinculados ambos escenarios, por la probable jugarreta que, reiteramos, pretendan con los magistrados del TCP que resulten elegidos.

A seis años de su primer fracaso judicial, en el oficialismo siguen sin asimilar los efectos que trae consigo la emisión del voto nulo. Esta variedad de voto, tal cual yace legislada en el Art. 161 c) de la Ley 026 (Régimen Electoral), no “anula” candidaturas por la sola cantidad de votos nulos que obtengan, en contraposición a los “efectivos”. Su efecto va más allá, y es dado por la propia CPE.

Si bien las “planchas” de candidatos preseleccionados por los dos tercios del oficialismo resultarán siendo electas, es muy probable que éstas también presenten elevados porcentajes de ilegitimidad por la sumatoria de votos nulos y blancos. Y esto le debe preocupar al masismo, porque según establece expresamente el Art. 232 de la Constitución: “La Administración Pública se rige por los principios de legitimidad, legalidad (…)”, entre otros. Ergo, si la votación efectiva (a favor) que consigan sus “planchas” (por mayoría simple) resulta porcentualmente inferior en comparación a la emisión de votos nulos o blancos, como efecto del desencanto social acumulado que anotamos líneas arriba, resultarán siendo electos contra legem; contra el principio constitucional de legitimidad (“de origen” en este caso) necesario para que sean aceptados como servidores públicos judiciales, y que rige a la administración pública en general.

Sus mandatos (al igual que en 2011) “nacerán viciados de nulidad” a la vida jurídica. Razón por la cual, finalmente, Evo Morales quedaría prohibido de ministrar posesión a quienes resultaren rechazados e impedidos constitucionalmente.

en tendencia: ilegitimosMagistrados

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