Con la publicación de la convocatoria y el reglamento para la elección de vocales del TSE, corren plazos y se activa la cuenta regresiva para la realización de los nuevos comicios y, en especial, la posesión de las autoridades electas. En esa temporalidad debe concluir, en caso de prorrogarse, el mandato del Gobierno provisorio, que por su naturaleza es solo de transición.
Según los plazos de la Ley de Régimen Excepcional y Transitorio para realizar elecciones generales, los vocales nacionales deben ser elegidos por la Asamblea Legislativa y estar posesionados hasta el 20 de diciembre. Esa nueva sala plena del TSE, incluido el vocal designado por el Órgano Ejecutivo, tiene 48 horas para convocar a las elecciones. No hay tiempo que perder.
Si asumimos un calendario electoral de 120 días, plazo máximo previsto en la ley, la votación debiera realizarse el domingo 19 de abril, y el cómputo nacional, una semana después. Hay cinco días adicionales para la entrega de credenciales a las autoridades electas y un plazo máximo de 15 días para su posesión. El 15 de mayo, entonces, Bolivia tendrá Gobierno electo en las urnas.
En caso de que haya segunda vuelta, la votación sería el 31 de mayo. Y en estricto cumplimiento de plazos, la posesión de autoridades y representantes debiera hacerse como máximo el 26 de junio. Ni un solo día más de gobierno provisorio. Quienes alegremente hablan de “entrega de mando el 6 de agosto” están planteando una prórroga no solo ilegal, sino francamente inaceptable.






