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Las áreas de comunicación, culturas, turismo y deportes en la agenda política boliviana

La creación de los ministerios responde históricamente a las necesidades coyunturales de los países.

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Por Danny Javier López Soliz
La Paz / junio 6, 2020
en Voces

La estructura del Órgano Ejecutivo en la historia de Bolivia ha sido marcada por la creación de ministerios en muchos casos inéditos y en otros funcionales a las necesidades y realidades de cada época en particular. En algunos casos su permanencia en el tiempo ha sido prolongada, con menores modificaciones a su nomenclatura, y en otros casos su duración ha sido esporádica. Desde nuestra fundación en 1825 se evidencia un claro patrón de pensamiento en la lógica política que acompañó cada decisión de conformación de los distintos gabinetes: la realidad contemporánea y las necesidades imperantes del momento en que se tomó determinada decisión.

A guisa de ejemplo, la Constitución Política de 1826, reguló a través de su Artículo 92 la existencia de “tres ministros del despacho: el uno se encargará de los departamentos del interior y relaciones esteriores (sic); el otro del de hacienda; y el tercero del de guerra y marina”. Tiempo después, la Constitución Política de 1831, modificó —a través del Artículo 85— la conformación de este reducido grupo de ministerios, de la siguiente manera: “Habrá tres Ministros de Estado para el despacho: el uno se encargará de los departamentos del Interior y Relaciones exteriores, el otros del de Hacienda, y el tercero del de Guerra”.

Sin duda eran otras épocas. Pero a los efectos que nos interesan en este momento, resalta la supresión del componente “marina” del denominativo del referido Ministerio. ¿Quiso decir aquello que el tema de marina fue desatendido? ¿Se podría interpretar que al gobierno nacional no le preocupaba la marina y por eso la “eliminó”?

Ciertamente la respuesta no puede ser otra que negativa, porque la marina fue y siguió siendo atendida en la estructura administrativa del Estado desde el Ministerio de Guerra, e incluso adquirió marcado protagonismo hacia finales del siglo XIX.

Desde entonces, los ejemplos son variados. El Artículo 6 de la Ley de Organización Administrativa del Poder Ejecutivo, de 1972, destaca la existencia en aquella época de —inter alia— los ministerios de: “Educación y Cultura”, “Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil”, “Industria, Comercio y Turismo”, “Energía e Hidrocarburos”, “Urbanismo y Vivienda” o el de “Integración”.

Las decisiones políticas de organización del Ejecutivo posteriores a 1972, variaron sustancialmente en la ingeniería administrativa de la época. “Educación y Cultura” fueron dos áreas que con el tiempo se convirtieron en carteras autónomas; en determinado momento un denominado ministerio de “Obras Públicas, Servicios y Vivienda” absorbió la responsabilidad de las políticas de transporte y aeronáutica civil.

En cierto momento “Comunicaciones” fue Ministerio, en otro momento se optó por designar simplemente un Portavoz oficial. Turismo se desprendió de “Industria y Comercio” con la misma facilidad con la que desapareció el Ministerio de “Integración”.

La postrimería del siglo XX creó ministerios denominados “sin cartera” responsables de temas varios como: “Hidrocarburos”, “Desarrollo Municipal”, “Servicios Financieros” y de “Asuntos Campesinos, Indígenas, Género y Generacionales”. Luego se institucionalizó uno responsable de “Capitalizaciones”.

Muchos años después se crearon delegaciones presidenciales, para la lucha contra la corrupción e incluso para temas específicos de defensa legal del Estado, cuya evolución llegó a constitucionalizarse hasta erigirse como un Órgano Extrapoder, tal como lo es la Procuraduría General del Estado.

El siglo XXI trajo y se llevó ministerios. El hasta en cierto momento denominado “Ministerio de Transparencia Institucional y Lucha Contra la Corrupción” pasó a depender de la estructura del Ministerio de Justicia; el extinto Ministerio de Autonomías pasó a depender del Ministerio de Presidencia; y el Ministerio de Energías alcanzó autonomía propia y se desprendió del Ministerio de Hidrocarburos. Recientemente se ha modificado la estructura del Ejecutivo en las áreas de “Culturas y Turismo”, “Comunicación” y “Deportes”.

Este rápido repaso de la historia de las estructuras de algunos gabinetes de Ministros, evidencia la dinámica con la que se organiza y reorganiza el aparato Administrativo. La jerarquización de determinada materia no significa necesariamente que el tema sea tratado de una manera preferencial o que sea abiertamente postergado, pues la regulación de todas las materias de interés para el Estado se encuentra expresada en la propia Constitución Política del Estado.

De manera comparativa con otras latitudes del orbe, llama la atención el caso europeo de Liechtenstein, donde sólo cinco personas componen el gabinete de ministros. En aquel país el Primer Ministro ejerce a la vez la repartición de Finanzas; el ministro de Relaciones Exteriores, lo es a la vez de Educación y de Cultura.

Madagascar registra 35 ministerios con un interesante ministerio denominado de “Transporte y Metereología”. Guinea tiene un ministerio de “Hospitalidad, Turismo y Artesanías”. Y con la misma autonomía y soberanía que asiste a las naciones y a las cabezas que dirigen los Órganos Ejecutivos, Angola decidió crear un ministerio de “Excombatientes y Veteranos de Guerra”.

India es un tema de estudio especial. Con sus 56 ministerios, es el país con mayor número de miembros del gabinete en el mundo, los cuales abarcan carteras de “Fertilizantes”, “Carbón” y de “Asuntos Tribales”.

Algunos países consideran que la creación de ministerios es la solución a los problemas de la cosa pública. Sin embargo, es necesario cuestionarse si es preciso crear cargos burocráticos para resolver determinados objetivos de Estado.

A partir de todos estos elementos, no se debe perder de perspectiva que en Bolivia, el Artículo 98 de la Constitución Política garantiza la diversidad cultural, que constituye la base esencial del Estado siendo su responsabilidad fundamental la de preservar, desarrollar, proteger y difundir las culturas existentes en el país; en el Artículo 105, se establece que el Estado promoverá la práctica deportiva en sus niveles preventivo, recreativo, formativo y competitivo; a través del Artículo 106 el Estado garantiza el derecho a la comunicación y el derecho a la información.

La visión país es amplia, sus necesidades son múltiples y para ser atendidas no requieren la existencia de un Ministerio expresamente creado para tal fin. La consagración de las aspiraciones legítimas de los bolivianos no está condicionada a la jerarquización de determinada repartición estatal. La variable conformación del Órgano Ejecutivo nos demuestra que son las necesidades coyunturales, en algunos casos políticas, en otras económicas e incluso de agenda social, militar, de relacionamiento étnico, o de integración regional lo que inspira la conformación de Ministerios.

Danny Javier López Soliz es abogado constitucionalista y experto en gestión pública

en tendencia: BoliviaColumnistacomunicacióndeportesOpiniónPolíticaTurismo

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