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Calendario y campaña

Lo que resulta inaceptable, y está prohibido por ley, es el uso de bienes y recursos públicos para fines electorales. Ocurre en varios niveles, pero es excesivo por parte del Gobierno provisorio y la candidata-presidenta Áñez.

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Por La Razón
La Paz / agosto 5, 2020
en Opinión

Reafirmando su decisión unilateral de postergar las elecciones para el 18 de octubre, el TSE aprobó el calendario con las nuevas fechas de las actividades que restan hasta culminar el proceso. Es una importante señal para brindar certidumbre a los comicios 2020, aunque se requieren todavía acuerdos sociales, políticos e institucionales que garanticen su legitimidad y legalidad.

Con la publicación del calendario los vocales asumen dos decisiones importantes sobre las elecciones. La primera es que no hay marcha atrás en el aplazamiento de la votación prevista para el 6 de septiembre, que a estas alturas es inviable por razones logísticas y administrativas. La segunda decisión es que la nueva fecha es inamovible y, por tanto, definitiva, con lo cual se descarta la posibilidad de una nueva postergación. Ni septiembre ni 2021, pues, las elecciones serán el 18 de octubre.

En relación al calendario electoral, luego de un prolongado paréntesis (desde marzo) a su ejecución, si bien ya está en vigencia desde este lunes, se retomará formalmente 45 días antes de la jornada electoral con la sustitución de candidaturas por renuncia. Es un hito relevante para las fuerzas políticas contrarias al MAS, que hasta ese momento podrán decidir si continúan con sus candidaturas o declinan para negociar cuotas en otras listas legislativas. Claro que ya no existe la posibilidad de formar alianzas.

Otra actividad fundamental del calendario es el sorteo público para la selección de jurados electorales, a realizarse el 18 de septiembre. La designación de estas autoridades, que tienen la misión de garantizar el funcionamiento de las mesas de sufragio, marca un punto de no retorno en el proceso. En esa misma fecha se inicia la difusión de propaganda electoral en medios de comunicación, que será central para la promoción de candidaturas dado el contexto de distanciamiento social por la pandemia.

En ese marco, debe alertarse sobre el plazo para la “difusión de propaganda electoral en actos públicos de campaña”, fijado para el 6 de septiembre. En rigor, es una formalidad que no se cumple. Es claro que todas las fuerzas políticas y candidaturas, unas más que otras, continuaron haciendo campaña electoral por diferentes medios (en especial en redes sociales) durante los últimos meses, en medio de la cuarentena. Parece difícil que el TSE pueda regular, prohibir y en su caso sancionar este extremo.

Lo que resulta inaceptable, y está prohibido por ley, es el uso de bienes y recursos públicos para fines electorales. Ocurre en varios niveles, pero es excesivo por parte del Gobierno provisorio y la candidata-presidenta Áñez. Pese a que un decreto de la propia Áñez lo prohíbe, gran parte de acciones y mensajes de “gestión pública” son en realidad campaña electoral, incluida propaganda en medios (al mejor estilo del expresidente Morales). El TSE debe actuar conforme a norma y no desentenderse del tema.

en tendencia: La Razón

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