El Ministerio de Trabajo comunicó la suspensión del horario continuo en el país. A partir del lunes 6 de marzo las actividades laborales recobrarán sus horarios de antes de la pandemia del COVID-19 y las empresas privadas deberán conciliar con sus trabajadores los nuevos horarios.
“Conforme a la normativa el horario laboral tiene que ser de ocho horas laborales, volvemos a lo discontinuo. Ahora nosotros volvemos a lo que era antes”, informó este miércoles la directora departamental de Trabajo, Julia Condori.
La funcionaria explicó que las empresas e instituciones, de acuerdo a su naturaleza, deberá conciliar con los trabajadores la medida y los que tienen turnos “deberán adecuarla”.
“Solo que no tiene que exceder las ocho horas de trabajo laboral”, aclaró.
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Las empresas públicas que requieran la aplicación de la jornada laboral especial o excepcional deberán sujetarse al artículo 2 del Decreto Supremo 29197, que señala que el Ministerio de Trabajo se constituye en el órgano rector para regular, controlar y evaluar la jornada de trabajo.
La Resolución Ministerial 264/23 tiene por objetivo suspender el horario continuo que fue decreta en marzo de 2020 como medida preventiva contra el COVID-19.
Debido a la irrupción del COVID-19 en marzo de 2020 y la propagación de contagios y víctimas, el 13 de enero de 2021, el gobierno de Luis Arce dispuso horario continuo y retorno al teletrabajo.
La medida fue dispuesta a través del Decreto Supremo 4451, con el fin de precautelar la salud.
Desde el inicio de la pandemia, 1.193.256 personas se contagiaron de COVID-19 en el país y 22.365 murieron afectadas por la enfermedad. El martes fueron reportados 247 casos nuevos.








