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La protección del cóndor es blindada con una nueva ley

Se establece sanción penal a la caza, la quema de su hábitat y el envenenamiento

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Por Aylin Peñaranda
La Paz / noviembre 13, 2023
en Sociedad

El vuelo alto de los cóndores, su mirada desde los aires o desde el escudo del país estarán mejor resguardados. Una nueva ley ahora los ampara y, como si fueran guardianes, gracias a ellos también al resto de la fauna del país de peligros como el envenenamiento.

La Ley 1525 se encuentra ya vigente en el país y con ella, el Cóndor Andino, Kuntur Mallku, es un Patrimonio Natural y Cultural del Estado Plurinacional de Bolivia.

“Es una alegría, porque el cóndor es un animal realmente especial para Bolivia; como para muchos países en la región, sobre todo los andinos, el cóndor es un símbolo de la vida silvestre, de la naturaleza, es un símbolo nacional, es un animal con mucha importancia cultural”, afirma a La Razón Robert Wallace, director de los Programas de Conservación Gran Paisaje Madidi-Tambopata y Paisaje Biocultural de los Llanos de Moxos, en Wildlife Conservation Society Bolivia.

Lea también: La Policía de Potosí arresta a una mujer de la tercera edad acusada de presunto biocidio

Nueva ley

La ley, además de establecer el 4 de febrero como el Día del Cóndor, determina tres modificaciones al Código Penal para reforzar su protección y de la fauna silvestre.

“La norma incorpora tres delitos que permitirán proteger el medio ambiente”, indica a La Razón la senadora Virginia Velasco, proyectista del documento.

El primero apunta a una sanción de privación de libertad de dos a seis años contra quien “capture, posea, adquiera, transporte, almacene, introduzca extraiga del país un espécimen, especies de fauna y flora silvestre con fines comerciales o algunas de sus partes o derivados o recursos genéticos” (sic). En este delito la pena se agrava de tres a ocho años de cárcel cuando la especie traficada esté declarada, por normativa nacional o internacional ratificada por el Estado, como vulnerable —tal es el caso del cóndor—, en peligro, peligro crítico o en extinción; si está declarada en veda o prohibida su caza; o el hecho involucre varios tipos de especies de la fauna silvestre.

La segunda modificación al código apunta a una de las principales amenazas a la vida de los cóndores: el envenenamiento.

“La persona que use sustancias químicas, tóxicas o peligrosas de cualquier naturaleza causando el envenenamiento de especies y especímenes de fauna silvestre, provocando su muerte, será sancionada con privación de libertad de cuatro (4) a ocho (8) años”, (sic), señala la disposición adicional segunda de la nueva norma.

Amenazas

El Plan de Acción para la Conservación del Cóndor Andino, vigente hasta 2030 en el país, identifica al envenenamiento como “una amenaza que da lugar a una preocupación mayor, ya que un solo evento de envenenamiento puede ocasionar muchas bajas en sus poblaciones”.

Para comprobar aquello no es necesario ir demasiado atrás en el tiempo. Solo en julio de este año se encontraron a cinco cóndores sin vida en orillas del río Pilcomayo tras ser envenenados; el año pasado, Jach’a, como lo bautizaron, se salvó de milagro en Cochabamba tras comer alimento con sustancias dañinas, y en 2021, 34 cóndores y siete aves rapaces fueron hallados muertos en Tarija.

“Si son tan pocos ejemplares en el país, estos casos de envenenamiento pueden ser superdramáticos en términos de su impacto sobre sus poblaciones y no podemos imaginar un mundo en que no está el cóndor”, remarca.

En Bolivia, de acuerdo con los datos más recientes, se estima una población de 1.388 cóndores, lo que representa el 20% de la población global, según el plan.

Y la tercera modificación al Código Penal incluye la protección del hábitat de estas aves de un peligro latente: el fuego.

“Cuando mediante por acción se provoque un incendio que se origene o propague a áreas protegidas, reservas fiscales o cualquier tierra de protección definida según normativa legal vigente, ocasionando daño a la flora o fauna del área afectada, incurrirá en privación de libertad de (3) tres a (8) ocho años” (sic), dicta la norma.

(13/11/2023)

en tendencia: CóndorLey

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