Como desde hace más de un año he seguido los debates sobre la inclusión de la autodefinición de “mestizo” en el próximo censo; y recién se oficializó su exclusión de la boleta censal, con el argumento de que su inclusión sería discriminatoria y estaría avalado por la Comisión Económica para América Latina (Cepal), me leí el estudio Los censos y los pueblos indígenas en América Latina: Una metodología Regional de Susana Schkolink y Fabiana del Popolo, presentado en el Seminario Internacional “Pueblos indígenas y afro descendientes de América Latina y el Caribe: relevancia y pertinencia de la información socio-demográfica para políticas y programas” (Cepal, 2005).
El estudio analiza comparativamente diferentes censos latinoamericanos entre los años 2000 y 2002, y da referencias de otros desde 1980; en los analizados, diferencia entre el empleo de categorías autoidentificables de “pueblos originarios o indígenas” (México y Panamá, 2000; Argentina, Bolivia y Venezuela, 2001; Chile y Paraguay, 2002) y “grupo étnico o poblacional” (Honduras, 2001; Guatemala, 2002), “pertenencia a cultura”(Costa Rica, 2000), “color o raza” (Brasil, 2000) o autoconsideración abierta (Ecuador, 2001); la categoría “mestizo” aparece en los de Brasil (“preto”: pardo o mulato), Ecuador (“mestizo”) y Guatemala (“ladino”).
Al analizar censos posteriores, encontré datos interesantes: Cuba (2002) clasificó por “color de la piel”, diferenciando los “mestizos”; Colombia (2005) incorporó autoidentificación por “cultura, pueblo rasgos físicos”, categorizando mestizajes (“mulatos”); Perú (2007) buscó autoidentificación por la “lengua aprendida en la niñez”; México (2010) autoadscribió al hablar o entender “dialecto o lengua indígena” y si “se considera indígena”; Brasil (2010) incluyó preguntas diferentes para “raça” (raza) y “etnia ou povo” (etnia o pueblo), e incluyó en la primera la opción de “mestizo” (preto); Argentina (2010) consideró una pregunta de autoidentificación como “indígena o descendiente de pueblos indígenas (originarios o aborígenes)” y otra de “afro descendiente o tiene antepasados de origen afro descendiente o africano”; Guatemala (2011) mantuvo su autocategorización de 2002 y el mestizaje con “ladino”, considerado etnia; Uruguay (2011) analizó “ascendencia étnico-racial” y pidió la autoidentificación de la “principal”; Costa Rica (2011) buscó pertenencia genérica a “población indígena”, y Venezuela (2011) autoidentificó por pueblo indígena o etnia.
Como conclusión, la categorización en “pueblo indígena u originario” no incluiría (en propiedad) a “afrodescendientes”; la categoría “mestizo” (con sus diferentes denominaciones) aparece en países con una fuerte presencia indígena (Guatemala y Ecuador) o afrodescendiente (Cuba, Colombia y Brasil); la clasificación por lenguas (conocidas y/o de uso principal) es la más extendida. En último lugar, en el documento de la Cepal de referencia no encontré ninguna recomendación sobre excluir los mestizajes.






