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Ley de inversiones

Es necesaria la promulgación de una ley rectora de la gestión del capital en el país

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La Paz / febrero 8, 2014
en Voces

Las nacionalizaciones realizadas a diferentes corporaciones transnacionales, por su participación accionaria mayoritaria en algunas empresas estatales, han generado en el sector empresarial una sensación de inseguridad por las inversiones que emprendieron y, en consecuencia, argumentan que el marco jurídico actual es insuficiente para la protección de sus capitales.

En este sentido y antes de evaluar la necesidad de una normativa que proteja los capitales, se debe resaltar que la reversión de las participaciones accionarias en las empresas nacionales ejercida por el Gobierno respondió, más allá de la fuerte consigna política e ideológica, al evidente incumplimiento de las cláusulas contractuales referidas a los compromisos de aporte patrimonial que los controladores debieron realizar.

Aclarado este punto neurálgico y fundamental para la estructuración del pilar argumentativo de defensa ante los múltiples procesos arbitrales que enfrenta el país por las nacionalizaciones realizadas, y que en términos monetarios significan a las finanzas públicas una exposición directa de $us 2.000 millones, además de una imagen de país hostil al emprendimiento privado, es necesario acelerar la promulgación de una ley rectora de la gestión del capital en el país.

En días recientes, se ha puesto en conocimiento público el anteproyecto de Ley de Inversiones, que en su artículo 27 (referido a las nacionalizaciones) establece que la inversión privada se respeta, protege y goza de seguridad jurídica, empero, puede estar sujeta a nacionalización por razones de interés público o soberanía, en cuyo caso el Estado reconocerá un oportuno y justo pago. La redacción del mencionado artículo manifiesta una doble intencionalidad que podría tener ribetes de ambigüedad. Por un lado. proteger al capital privado, y por otro, se mantiene la espada de Damocles materializada en una política nacionalizadora que encuentra su ancla de legitimidad en la Constitución Política del Estado.

En este sentido, surgen interrogantes como: ¿qué es de interés nacional?, ¿qué factores pueden vulnerar la soberanía o seguridad del Estado?, ¿qué criterios son los válidos para definir una actividad productiva como estratégica o no? y otras. En resumen, el anteproyecto de ley no cristaliza los momentos, condiciones o sectores específicos que serían sujetos de intervención estatal, lo que sistemáticamente condiciona la asignación de capitales en proyectos de escala reducida y de impacto limitado en generación de riqueza y empleo.

Ante este panorama, sería relevante que las partes pública y privada encuentren espacios de diálogo y construcción compartida de una ley que al menos brinde confianza para que empresarios y emprendedores, además del Estado, puedan invertir sus capitales y así propiciar el progreso nacional más allá de la tradicional extracción primaria de recursos naturales.  

en tendencia: InversionesLey

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