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Código de las Familias

El nuevo Código de las Familias adecua la legislación a la realidad contemporánea

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La Paz / noviembre 21, 2014
en Voces

El miércoles se promulgó en Sucre el nuevo Código de Familias, norma que reemplaza a la promulgada en 1988 y establece cambios fundamentales en la economía jurídica que regula el ámbito familiar. La sola inclusión de la palabra “familias” en el nombre de la norma ya indica la profundidad del cambio, pues se aleja del modelo único de familia propio del cristianismo.

En efecto, como bien han apuntado dos de los asambleístas que impulsaron el proyecto y el Presidente del Estado en el acto de promulgación, se trata de un proyecto “descolonizador” y “despatriarcalizador” que adecua la legislación a la realidad contemporánea, pues la primera diferencia radical con el anterior Código está en que éste reconoce diferentes formas de familia: “unimarentales, uniparentales, familias ampliadas, familias comunitarias y familias no parentales. Antes era solo familia funcional y disfuncional”, según explicó la diputada que acompañó al Presidente en el acto de promulgación.

Muy próxima a esta nueva aproximación a la realidad de las familias está la decisión de reconocer, sin necesidad de plazos o de sentencias judiciales, la unión libre o de hecho de las parejas; es decir, basta con que medie la voluntad de ambas partes para que el Estado les reconozca como “cónyuges” y ya no como “concubinos”. Este cambio también habilita, aunque es seguro que habrá mucha polémica, el reconocimiento de parejas del mismo sexo.

Una tercera innovación es la posibilidad de registrar a las y los hijos recién nacidos con el apellido materno en primer lugar, lo cual es, probablemente el mayor aporte de esta norma a la despatriarcalización, pues muchos varones buscan tener un hijo de su mismo sexo “para perpetuar el apellido”. A partir de ahora también el apellido materno será transmitido a la descendencia.

Nuevas modalidades de divorcio y plazos procesales significativamente más breves son la cuarta innovación. Muchos abogados perderán una lucrativa fuente de ingresos, pero más personas podrán decidir sobre su presente y futuro sin depender de la voluntad de los jueces de familia. La quinta innovación consiste en permitir que las y los menores de edad se emancipen por propia voluntad desde los 16 años.

La sexta transformación está en la simplificación del trámite para obtener la custodia de un menor de edad, y la séptima consiste en la ampliación de la asistencia familiar de los hijos hasta sus 25 años; asimismo, se dispone que el mínimo sea el 20% del salario mínimo.

El Código está parcialmente vigente hasta agosto de 2015, cuando debe estar completamente implementado. Es probable que los mayores problemas técnicos estén en el sistema de registro civil, y los ideológicos en la unión libre de parejas. Toca ahora que las instituciones del Estado se apropien de su contenido y, sobre todo, comiencen a aplicarlo.

en tendencia: códigofamilias

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