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Revocatoria de mandato

La revocatoria de mandato es un derecho constitucional que se activa por iniciativa popular.

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/ agosto 14, 2017
en Voces

Desde el 22 de julio, conforme a Ley, está en vigencia el período para activar la revocatoria de mandato de los gobernantes y representantes electos en los comicios de diciembre de 2014: presidente, vicepresidente, senadores y diputados. Hasta ahora no hay ninguna iniciativa para el efecto; se habla más bien, en distintos lugares, de revocar a gobernadores y alcaldes.

La revocatoria de mandato es un derecho constitucional por medio del cual la ciudadanía, con su voto, puede decidir sobre la continuidad o el cese de funciones de un gobernante electo, antes de que cumpla el período de su cargo. Se activa únicamente por iniciativa popular, esto es mediante la recolección de firmas y, si procede, el sufragio. Solo puede haber revocatoria cuando haya transcurrido la mitad del período de mandato de la autoridad electa. Y no procede el último año de gestión.

El mecanismo de revocatoria fue reconocido en la Constitución Política (2009) y su ejercicio se reguló en la Ley del Régimen Electoral (2010).

Empero, en ese marco, hasta ahora no ha sido estrenado. En 2012 hubo una treintena de iniciativas, pero en ningún caso cumplieron los requisitos. En la actualidad, diferentes voces anhelan y hasta prometen revocar autoridades electas, ya sea porque perdieron el apoyo ciudadano o, en especial a nivel local, para superar situaciones de ingobernabilidad.

¿Por qué ha sido tan difícil activar un referendo revocatorio? La experiencia muestra diferentes barreras, incluidas en la norma, para el ejercicio de este derecho. La principal es el elevadísimo porcentaje de firmas requerido para una iniciativa popular: 25% del padrón correspondiente para autoridades nacionales, departamentales o regionales; y nada menos que el 30% del padrón a nivel municipal. ¿Qué tan viable es conseguir, en 90 días, más de 1,5 millones de firmas para una revocatoria nacional?

En nuestra historia democrática hemos tenido un solo caso de revocatoria de mandato. Fue en agosto de 2008, en medio de una severa polarización política. El mecanismo, no contemplado en la Constitución, fue convocado por ley. Se trató en realidad de un referendo ratificatorio del Presidente-Vicepresidente y de varios prefectos (solo fueron revocados Reyes Villa y Paredes). Algunos estudios demuestran que este referendo permitió superar el conflicto y viabilizar la aprobación de la nueva Constitución.

¿Qué nos espera en torno a la revocatoria en la actual coyuntura? Asumiendo que no hay intenciones declaradas a nivel nacional, parece evidente que en diciembre podrían activarse iniciativas populares para revocar algunos gobernadores y alcaldes electos en los comicios de marzo de 2015. ¿Lograrán cumplir los requisitos? No lo sabemos. Lo importante, en todo caso, es que la revocatoria de mandato como derecho debe ser preservada. Y que será necesaria una reforma normativa para viabilizar su ejercicio.

en tendencia: Opinión

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