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Reportes empíricos

El Ministerio de Educación, a través del Sistema de Administración de Información Académica para Unidades Educativas (https://dev-qa.la-razon.com//academico.sie.gob.bo/), exige a los directores reportar de manera dinámica el operativo con relación al estado de salud del personal docente, administrativo y estudiantes de la gestión educativa y escolar 2021. Consecuentemente, los datos exigidos fueron: enfermo, sin síntomas, fallecido […]

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Por Luis Alberto Callapino López
TRIBUNA
La Paz / julio 22, 2021
en Voces

El Ministerio de Educación, a través del Sistema de Administración de Información Académica para Unidades Educativas (https://dev-qa.la-razon.com//academico.sie.gob.bo/), exige a los directores reportar de manera dinámica el operativo con relación al estado de salud del personal docente, administrativo y estudiantes de la gestión educativa y escolar 2021.

Consecuentemente, los datos exigidos fueron: enfermo, sin síntomas, fallecido por COVID- 19, dosis de la primaria y segunda vacuna; en la mayoría de los casos debía detallarse la fecha exacta. Concluido el reporte del estado de salud de todo el personal docente y administrativo, se generó automáticamente la declaración jurada, aceptando la veracidad y autenticidad de los datos, y de no serlos se someterán a las sanciones que establece el ordenamiento jurídico.

Paradójicamente, se exigió también el reporte de salud de la gestión educativa y escolar 2020, obviando que desde el 1 de abril del año en curso se posesionaron nuevas autoridades en la mayoría de las unidades educativas, soslayando la recopilación de datos fehacientes.

Asimismo, los directores de unidades educativas reportaron el operativo de salud de los estudiantes, con respuestas a preguntas cerradas, vale decir, acceso de internet y televisión en el contexto educativo, plan de emergencia sanitaria, protocolo de bioseguridad, cantidad de estudiantes sin síntomas, enfermos y fallecidos por COVID-19, de las gestiones 2020 y 2021.

En esa misma dinámica, los directores deben reportar semanalmente, a la Dirección Distrital de Educación, información actualizada sobre las infecciones respiratorias agudas (IRA) con o sin neumonía y otras patologías que presenten principalmente los estudiantes.

El artículo 5 de la Resolución Ministerial 001/2021, sobre “Normas Generales para la Gestión Educativa”, establece que el informe epidemiológico debe ser emitido por autoridad competente, según las disposiciones del Ministerio de Salud y Deportes.

En consecuencia, para cumplir el reporte del estado de salud, los directores tuvieron que aplicar métodos empíricos para la recolección de datos exigidos, utilizando la entrevista, el cuestionario y la observación.

Por tanto, estos reportes del personal docente y administrativo, y de estudiantes, deberían sustentarse en los informes emitidos por la Red de Servicios de Salud Municipal-Familiar Comunitaria Intercultural (SAFCI) y los Servicios Departamentales de Salud (Sedes), extremos que lastimosamente no se cumplen.

Luis Callapino es magíster en Políticas de Formación Docente.

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