La Subasta Electrónica permite optimizar las compras estatales y reducir tiempos utilizados en la administración pública, generando ahorro al Estado y mostrando transparencia en los procesos de contratación.
Este mecanismo aplica por analogía inversa un procedimiento propio del remate judicial, que emerge en la mayoría de los casos de procesos civiles iniciados por deudas, donde los acreedores llegan a la instancia judicial para recuperar lo adeudado, ante la negativa o imposibilidad de los deudores de hacerlo voluntariamente, y adjudicándose al precio más alto ofertado en puja abierta permite cubrir la diferencia del costo comercial para atender los gastos administrativos incurridos.
En la Subasta Electrónica, el tradicional “martillero” lo ejecuta el sistema a través de un mecanismo abierto y competitivo orientado hacia el precio más bajo. Sin duda es un procedimiento que permite a los proponentes competir abiertamente y en tiempo real optar por la baja de sus bienes o servicios abaratando de este modo el despliegue de costos logísticos administrativos en las entidades públicas, y por ende, genera ahorro en el desarrollo de estas actividades que otrora eran lentas y pesadas.
Son muchos los beneficios de la Subasta Electrónica pues, además de los aspectos mencionados, al abrirse la posibilidad de una participación a nivel nacional en tiempo real, se genera un ahorro significativo para las entidades públicas, las cuales podrán ahorrar recursos económicos. De acuerdo con la conferencia de prensa del 8 de febrero de 2022, emitida por diversos medios de comunicación por el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, manifestó que en la gestión 2021 se generó un ahorro de Bs 295 millones en ahorro en convocatorias de bienes utilizando la Subasta Electrónica en ANPE y Licitación Pública, que ahora, producto de la ampliación a Servicios Generales por efecto de la Resolución Ministerial 21/2022, permitirá ampliar una mayor cobertura tanto para bienes y servicios a través del registro en el RUPE. Asimismo, la ampliación de la Subasta Electrónica a la contratación de Servicios Generales y Bienes, ahora no solo aplicará el método de selección y adjudicación “Precio Evaluado más bajo”, sino también aplicará el método “Calidad Propuesta Técnica y Costo”.
Este aporte a la gestión administrativa que beneficia al sector público nace de la era digital preconizada desde la Ley 0164 de 8 de agosto de 2011, General de Telecomunicaciones, Tecnologías de Información y Comunicación, que garantiza el derecho humano individual y colectivo a la comunicación y uso de tecnologías de la información, con respeto a la pluralidad económica, social, jurídica, política y cultural de la totalidad de los habitantes, las naciones y pueblos indígena originario campesinos, y las comunidades interculturales y afrobolivianas del Estado Plurinacional.
Nestor Lobos Huando es abogado.







