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¿A qué edad se jubilan los bolivianos?

Los requisitos para jubilarse son la edad y el número de aportes, 58 años y 120 aportes, respectivamente

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Osmara Morales Paredes

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Por Osmara Morales Paredes
/ julio 21, 2023
en Voces

Por lo general es normal escuchar la frase “quiero jubilarme”; en este espacio quiero compartir con los lectores algunos aspectos referidos a los requisitos de acceso a la jubilación, entre ellos la edad y otros datos sobre el por qué es importante ejercer ese derecho.

En el marco de la Ley 065 de Pensiones, los requisitos para jubilarse son la edad y el número de aportes, 58 años y 120 aportes, respectivamente; asimismo, la ley dispone que independiente del cumplimiento de estos requisitos, el asegurado que aportó únicamente al Sistema Integral de Pensiones se jubila a cualquier edad, una vez logre financiar una pensión que llegue al 60% de su promedio salarial con el saldo acumulado en su Saldo de Ahorro Previsional.

Lea también: La soberanía de la seguridad social

Asimismo, la Ley de Pensiones no obliga a la jubilación a ninguna edad, por el contrario, dejó abierta la posibilidad de que el trabajador una vez jubilado continúe en la actividad laboral, como sucede en sectores cuyo empleador es el Estado; para aclarar este aspecto, en todos los países del mundo la edad de jubilación significa pasar de una actividad laboral a una situación pasiva; las edades de jubilación van desde los 65 a los 70 años, en el caso de nuestras hermanas repúblicas de Colombia, Uruguay, Ecuador y Perú, es a la edad de 70 años.

En este sentido, cuál sería esa edad en la que el trabajador debería ejercer el derecho a la jubilación, es claro que dejar abierta esta puerta ha permitido que en el sector público, donde el empleador es el Estado, existan adultos mayores que continúan trabajando; habiendo cumplido requisitos para la jubilación reciben la pensión sumado a su haber mensual y ni hablar de las bonificaciones que reciben por la antigüedad y otros beneficios dispuestos por cada sector laboral; y ahí justamente surge la pregunta, si se debe continuar beneficiándolos de forma indefinida.

En la actualidad, el Gobierno presentó un proyecto de ley en cuya exposición de motivos refiere el derecho de acceso a la jubilación a los 65 años, una edad de acceso para aquellos que cumplen requisitos exigidos en la normativa vigente y que continúan en la actividad laboral. Adicionalmente, dicha propuesta brinda la alternativa al trabajador de continuar bajo relación de dependencia laboral cuando los asegurados lleguen a la vejez con buena salud física y mental, a través de un examen; por tanto, estas disposiciones no implican una imposición para la jubilación como varios representantes de sectores de trabajadores manifiestan. Esta medida, por el contrario, será importante para abrir espacios laborales para las nuevas generaciones de profesionales.

Según datos que el Gobierno hizo conocer, a diciembre de 2022, los asegurados del sistema integral de pensiones con 65 años o más edad que continúan trabajando alcanzan a más de 9.272 personas. De este grupo, el 89% (8.270) cumple con los requisitos de acceso a una pensión solidaria de vejez (edad y número de aportes). Este último grupo se compone de un 48% de trabajadores del sector de educación, el 20% de la administración pública, el 8% de gobiernos municipales y el 7% de universidades estatales.

Para finalizar e identificar algunas ideas conclusivas de este artículo, en nuestro querido Estado Plurinacional, la edad a la que podemos solicitar la jubilación es a partir de los 58 años y no es obligatoria; en el marco de la normativa vigente y nuestra Constitución Política, el asegurado aportante tiene el derecho de ejercer su derecho, por lo que resulta importante darle un parámetro en el que el boliviano empiece a gozar de su vejez y no dejar abierta la posibilidad de que sea el fallecimiento el momento de la interrupción de su vida laboral. Estoy segura que existen diferentes opiniones al respecto, pero ¿qué opina usted amable lector?

(*) Osmara Morales Paredes es auditora

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