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Talento extraordinario

La gestión educativa y escolar 2024 en el Subsistema de Educación Regular ingresa a la tercera semana de planificación, desarrollo y evaluación curricular, correspondiente al primer trimestre, que deberá culminar el 10 de mayo. En tal sentido, conforme al artículo 16 de la Resolución Ministerial 0001/2024 “Normas Generales para la Gestión Educativa”, ya es oportuno […]

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Luis Callapino López

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Por Luis Callapino López
/ febrero 20, 2024
en Voces

La gestión educativa y escolar 2024 en el Subsistema de Educación Regular ingresa a la tercera semana de planificación, desarrollo y evaluación curricular, correspondiente al primer trimestre, que deberá culminar el 10 de mayo.

En tal sentido, conforme al artículo 16 de la Resolución Ministerial 0001/2024 “Normas Generales para la Gestión Educativa”, ya es oportuno comenzar con la detección, identificación y atención integral a los estudiantes con “talento extraordinario” en el Sistema Educativo Plurinacional (SEP).

Lea también: Inscripción por desventaja social

Al respecto, el reglamento del Programa de Atención Integral a Estudiantes con Talento Extraordinario en el SEP, aprobado mediante resolución 0795/2021, el 8 de diciembre de 2021, se constituye en la normativa sustantiva y adjetiva para la detección, identificación y atención integral de la referida población estudiantil.

En ese marco, los beneficiarios de esta normativa son obviamente los estudiantes con “talento extraordinario” que presenten mayor desarrollo de capacidades superiores, transformadoras, potencialidades, entre otras, por encima de su grupo etario y/o año de escolaridad (curso), en una o varias áreas.

Bajo ese orden, el reglamento establece tres tipos de talento extraordinario, vale decir, general, específico y doble excepcionalidad en el campo de la actividad humana o área del conocimiento, en equilibrio con todas las dimensiones del ser, saber, hacer y decidir.

Consiguientemente, los campos y áreas de talento extraordinario específico de la actividad humana se agrupan en científico-tecnológico, humanístico-sociocultural, artístico y deportivo.

Ahora bien, en lo concerniente a la estructura administrativa y de gestión, está compuesta por los niveles estratégico, programático, operativo y de coordinación. Por otro lado, para atender los requerimientos de la población estudiantil con “talento extraordinario” se encuentra el Equipo Técnico Departamental, Distrital, Educación Especial, Multidisciplinario y de Unidades Educativas.

En lo que respecta al nivel de coordinación, los actores del programa de “talento extraordinario” se aglutinan en redes de estudiantes, maestros, madres y padres de familia, equipos multidisciplinarios y las entidades territoriales autónomas, actores con facultades específicas.

Referente al procedimiento de la detección de estudiantes con “talento extraordinario”, son responsables la o el director, maestros, madres y padres de familia, que están obligados a detectar capacidades superiores, transformadoras, potencialidades, entre otras, de los estudiantes.

Por ello, en la valoración de las capacidades superiores desarrolladas por un determinado equipo, los estudiantes postulantes entregarán y demostrarán de manera objetiva las potencialidades, debiendo ser sistematizado en el Informe Psicopedagógico Integral, como resultado de la aplicación de procedimientos e instrumentos específicos.

Por esto, la respuesta integral por tipo de “talento extraordinario” a los estudiantes postulantes que pertenezcan a una unidad educativa, se circunscribe en adaptaciones curriculares de enriquecimiento, aceleración educativa (promoción de cursos) cuantas veces lo amerite, actividades extracurriculares, competiciones, olimpiadas, entre otros.

(*) Luis Callapino López es magister en Políticas de Formación Docente

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