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La (in)justicia y el proceso de elecciones judiciales

Ahora la decisión está en manos del Órgano Ejecutivo, dónde el presidente Luis Arce y el vicepresidente David Choquehuanca tienen la palabra

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Andrónico Rodríguez Ledezma

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Por Andrónico Rodríguez Ledezma
/ junio 18, 2024
en Voces

“…Desde hoy contamos para el país una vergüenza menos y una libertad más. Los dolores que nos quedan son las libertades que nos faltan. Creemos no equivocarnos, las resonancias del corazón nos lo advierten…”

Manifiesto de Córdoba, 21 de junio de 1918

La importancia de la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) radica en su capacidad de representar a la ciudadanía y su facultad de aprobar y sancionar leyes que rigen para todo el territorio boliviano; por ello, la naturaleza y el rol que desempeña la erigen como la piedra angular del sistema democrático, pues, a través de su funcionamiento, se promueve la deliberación política, se elaboran leyes y se fiscaliza a toda la administración pública, incluyendo al Órgano Ejecutivo, de tal manera de evitar la concentración del poder en un solo órgano. 

Revise: Socialistas vs. libertarios

Por esa razón, y ante la inacción recurrente del presidente nato de la ALP, David Choquehuanca, para convocar a sesión que restablezca el tratamiento de la agenda legislativa inconclusa (indulto, continuidad del proceso de preselección de candidatas y candidatos para las elecciones judiciales, leyes antiprórroga y créditos), correspondía dar una respuesta a la sociedad. 

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En ese sentido, considerando la ausencia temporal del presidente Luis Arce debido a un viaje a Rusia, decidimos convocar a Sesión Ordinaria de la ALP, la cual se llevó a cabo el 6 de junio de 2024. Esa decisión se adecuó a lo establecido en el parágrafo II del artículo 158 de la Constitución Política del Estado (CPE), concordante con el artículo 4 del Reglamento General de la Cámara de Diputados, ambos concernientes a la aplicación de los mecanismos de sucesión legal y reglamentariamente, ejerciendo las atribuciones constitucionales. Sin embargo, la contraofensiva no se dejó esperar, ya que debido a un recurso directo de nulidad interpuesto por el diputado Jáuregui ante el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) “autoprorrogado”, contra la convocatoria a sesión plenaria, esa instancia emitió el Auto Constitucional 254/2024, minutos antes del inicio de la sesión convocada, disponiendo la suspensión de la convocatoria, supuestamente por falta de competencia de Andrónico Rodríguez, presidente en ejercicio de la ALP. Sin embargo, de manera errónea se notificó a Andrónico Rodríguez en calidad de presidente del Senado, cuando la senadora Daly Santa María había asumido la presidencia de esa Cámara de manera transitoria. Por ese motivo, la sesión se llevó a cabo el 6 de junio, en la cual la ALP tomó importantes decisiones.

Pretender bloquear atribuciones de la ALP reconocidas en el artículo 158 de la CPE, referente a dictar leyes, así como a preseleccionar candidatas y candidatos para el Órgano Judicial y el Tribunal Constitucional Plurinacional, es un absurdo jurídico y un total despropósito. En consecuencia, no es válido un recurso que cuestiona la competencia de un órgano que, efectivamente, su tarea es legislar.

Lo acontecido en la séptima sesión de la ALP es un reflejo de lo que pasó desde hace más de un año. Por eso no sorprende que se acuda a los últimos resortes del poder para evitar la sesión de la ALP con rasgos inéditos, como el invento de una “fumigación” de los ambientes, pasando por el corte de luz y el sistema de micrófonos, llegando al extremo de cerrar el hemiciclo; todo con el objeto de suspender el acto. El sabotaje fue permanente y por eso,  el 11 de enero de 2024, en conferencia de prensa, presentamos una denuncia denominada Cronología del golpe judicial, donde demostramos que, hasta esa fecha, habían transcurrido siete meses y 28 días con seis acciones de suspensión, a lo que debe sumarse el hecho de que en dos ocasiones el TCP decidió suspender las competencias de la presidencia de la Cámara de Senadores y también emita tres resoluciones “exprés” sobre tareas que realiza el Órgano Legislativo, con el afán de obstaculizar el proceso de las elecciones judiciales. Sin duda, se operó por encima de la CPE y en favor de quienes pretenden autoprorrogarse en su mandato.

Precisamente, para resolver esta situación anómala y restituir el rol de la ALP se llevó a cabo esta sesión que aprobó varias disposiciones por mayoría calificada. Así, se sancionaron dos leyes, cuyo plazo constitucional para su fase de revisión legislativa había concluido, correspondiendo su tratamiento en la ALP: el proyecto de Ley N° 079 de crédito por un monto de $us 176.000.000,00, para la construcción del  tramo 2B Confital-Bombeo, y el proyecto de Ley N° 075, de cese de funciones de magistrados y consejeros electos en 2017; de igual modo, se aprobaron dos resoluciones: la N° 05/2023-2024, que instruye a las comisiones mixtas de Constitución y de Justicia Plural dar continuidad a las etapas y fases pendientes del proceso de preselección de candidatas y candidatos a las elecciones judiciales, y la N° 07/2023-2024, de concesión de amnistía e indulto por razones humanitarias.

Una vez sancionadas estas leyes, se dispuso su remisión al Órgano Ejecutivo para su promulgación. Sin embargo, en lugar de promulgar las leyes sancionadas, y en total desconocimiento del principio constitucional de independencia y separación de poderes, referidas a que las funciones de los órganos públicos no pueden ser reunidas en un solo órgano ni son delegables entre sí, conforme lo establece el parágrafo I del artículo 13 de la CPE, el presidente del Estado en ejercicio, David Choquehuanca, acudió ante el TCP “autoprorrogado” para que defina si la séptima sesión ordinaria de la ALP, llevada a cabo en fecha 6 de junio del año en curso, fue legal o no. Sería ingenuo dudar sobre la decisión que tomarán los magistrados “autoprorrogados” respecto a su cesación, ya que, hace seis meses, fallaron “en causa propia y en beneficio de sus intereses” de manera inconstitucional.

Si bien la renovación de las altas autoridades del Órgano Judicial no resolverá el problema estructural de la justicia, no debemos perder de vista que, al cumplir dicho objetivo, se dará el primer paso para iniciar la reforma de la justicia, un tema pendiente desde hace décadas. Con lo sucedido, y ante la interrogante de si ¿es posible evitar el colapso del sistema judicial, político e institucional?, nuestra respuesta es afirmativa puesto que dimos el primer paso para superar la crisis político-institucional y, precisamente, para evitar ese colapso.

Sin embargo, ahora la decisión está en manos del Órgano Ejecutivo, dónde el presidente Luis Arce y el vicepresidente David Choquehuanca tienen la palabra. De nuestra parte, manifestamos nuestra esperanza en que las diversas instancias del Ejecutivo y el Legislativo asuman sus responsabilidades en el marco de la coordinación y cooperación entre órganos del Estado, tal como hemos impulsado desde la Cámara de Senadores con voluntad de diálogo y concertación; siento que es hora de enfocarnos en lo realmente importante.

(*) Andrónico Rodríguez Ledezma es presidente de la Cámara de Senadores

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